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Datos
de interés

Aquí he recopilado una serie de
datos que seguro os resultarán muy interesantes a los que estéis esperando una
familia numerosa de golpe.
Baja de maternidad
Ayudas administrativas por parto múltiple
Ayuda para la compra
de un vehículo
Título de familia numerosa
Ayudas de las comunidades autónomas
Empresas que dan ayudas
Canastilla
Baja por maternidad:
La baja por maternidad en un embarazo simple
tiene una duración de 16 semanas
con una retribución del 100% de su salario
igual al último mes previo
al inicio de esta baja.
En caso de parto de gemelos, la baja dura 18
semanas.
En caso de trillizos esta baja sería de 20
semanas.
Por cada hijo "extra" (cuatrillizos,
quintillizos...) se añaden dos semanas más.
La Ley 39/99 de 5 de noviembre
para promover la conciliación de la vida familiar y
laboral de las Personas
Trabajadoras, en su artículo 20 modifica el artículo 48.4
del Estatuto de los
Trabajadores, permitiendo que el permiso por maternidad lo puedan
disfrutar de
manera simultánea el padre y la madre, descontándose el tiempo
simultáneo del
tiempo total.
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Ayudas
administrativas
por parto múltiple:
Por parto de gemelos el Estado ofrece una ayuda de 4 salarios mínimos
interprofesionales.
Por parto de
trillizos, una ayuda de 8 salarios mínimos interprofesionales.
Por parto de cuatrillizos, una ayuda de 12
salarios mínimos interprofesionales.
(BOE nº 181 publicado el 29 de julio de
2000 - RD 1368/2000 de 19 de julio de
Desarrollo de las Prestaciones Económicas
de pago único por nacimiento de tercer
o sucesivos hijos y por parto múltiple.)
La prestación económica por parto múltiple debe
solicitarla el interesado a través
del Instituto Nacional de la Seguridad Social
rellenando un formulario
tipo que dicho Organismo facilita, debiendo acompañar
los siguientes documentos
(originales y fotocopia):
- D.N.I. del padre y de la madre.
- N.I.F.
- Libro de familia.
- Certificado del Ayuntamiento relativo a la residencia habitual de los
padres.
- Cartilla del Banco.
- Cartilla de la Seguridad Social.
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Ayuda para la compra de
un vehículo para familias numerosas
El gobierno ofrece un descuento del 50% en el
impuesto de matriculación por la
compra de un vehículo nuevo de 5 o más plazas
para las familias
numerosas.
Este descuento puede ser de entre 600 y 2.400 euros
si es para un monovolumen.
Lo único que hay que hacer es ir con el libro de
familia al concesionario;
allí se encargan de todos los trámites.
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Título
de Familia Numerosa
REQUISITOS
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
BENEFICIOS PARA FAMILIAS NUMEROSAS
REQUISITOS
Para la existencia legal de la familia numerosa será necesario:
1.- Tener 3 ó más hijos. Podrá ser sólo dos hijos en el caso de que uno de ellos
tenga la condición de minusválido o incapacitado para el trabajo.
2.- Los hijos deberán cumplir las siguientes condiciones:
- Ser solteros.
- Convivir con el padre/madre.
- Depender económicamente del padre/madre. Se considerará que existe
dependencia económica cuando sus ingresos no superen el doble
del salario mínimo
interprofesional.
- Ser menor de 21 años, excepto si es minusválido. La edad se podrá
ampliar hasta los 25 años mientras estén cursando estudios Universitarios
o F.P. de
grado superior, realizando el servicio militar o prestación social
substitutoria.
3.- Todos los miembros de la unidad familiar deberán ser españoles y tener su
residencia en territorio nacional español. A estos efectos se equiparan
a los
españoles, los ciudadanos de los Estados miembros de la Comunidad
Europea, los
hispanoamericanos, brasileños, andorranos, filipinos,
marroquíes, portugueses,
suizos y guineanos que se encuentren
legalmente en
territorio nacional español.
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DOCUMENTACIÓN A APORTAR
PRIMERA VEZ:
1.Impreso de solicitud firmado por uno de los padres.
2.Fotocopia del D.N.I. de los dos padres.
3.Libro de Familia original.
4.Dos fotografías del grupo familiar (7 x 5 cm.) con los miembros que han de
inscribirse en el Título.
RENOVACIÓN:
1.Impreso de renovación firmado por uno de los padres.
2.Libro de Familia original.
3.Título de Familia Numerosa caducado.
4.Dos fotografías del grupo familiar, si ha variado el número de miembros de la
Familia Numerosa.
¿A DÓNDE DIRIGIRSE?
O bien a los Ayuntamientos donde resida la Familia Numerosa
O a los Organismos competentes de cada Comunidad Autónoma.
NOTA (en todos
los casos):
1.En los casos de minusvalía, Servicio Militar, etc., fotocopia de la
documentación acreditativa.
2.En caso de separación fotocopia de la sentencia y convenio regulador.
3.Los hijos con edades entre los 20 y 25 años, deberán justificar los estudios
mediante la matrícula oficial del año en curso.
(Universitarios o F.P. de grado superior).
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BENEFICIOS PARA FAMILIAS NUMEROSAS
Legislación básica:
Ley 25/1971, de 19 de junio, de Protección a las Familias Numerosas
Decreto 3140/1971, de 23 de diciembre, aprobación del Reglamento de la Ley
25/1971
Categorías de Familias Numerosas:
Primera Categoría: de 3 a 6 hijos (o dos si uno es minusválido)
Segunda Categoría: de 7 a 9 hijos
Categoría de Honor: de 10 hijos en adelante
Beneficios en:
1.- El TRANSPORTE
Reducción para la Primera Categoría : -20%
Reducción para la Segunda Categoría: -40%
Reducción para la Categoría de Honor: -50% sobre tarifas y complementos
de:
Ferrocarriles y transportes interurbanos marítimos y terrestres.
Transporte ferroviario o marítimo de muebles y automóviles por razón de
cambio de domicilio.
Líneas aéreas entre península, Baleares, Canarias, Melilla y Ceuta y en los
demás viajes siempre que se realicen
por tres o más miembros de la familia
(siempre en líneas regulares nacionales).
Bonificación en las tarifas de
Iberia a familias numerosas.
2.- LO LABORAL
Ocupación de puestos de trabajo:
- Prioridad a los titulares de Familia Numerosa.
- Preferencia en las propuestas de las Oficinas de Empleo
Despidos, ceses, reducciones de jornada y
traslados forzosos:
- Se aplican en último lugar estas medidas a los titulares de Familias
Numerosas.
- Si el despido o cese procede y si son varios los titulares de Familia
Numerosa, tendrán preferencia para permanecer en la empresa:
1. Mayores cargas familiares
2. Mayor edad
3. Mayor antigüedad
3.- La EDUCACIÓN
Reducción para la Primera Categoría : -50%
Exención total para la Segunda Categoría y para la Categoría de Honor:
En el importe de los derechos y tasas (matrículas, expedición de títulos,
derechos
de examen, permanencia y prácticas) en todos los grados y especialidades de la
enseñanza oficial o privada y en adquisiciones de libros
que edite el Estado.
4.- La SEGURIDAD SOCIAL
Incremento para la Primera Categoría : +20%
Incremento para la Segunda Categoría: +30%
Incremento para Categoría de Honor: +50 %
en la prestación por infortunio familiar protegido por el Seguro escolar
5.- El Consumo de AGUA
Bonificaciones
En Contratos individuales: presentación de escrito solicitando la bonificación
constatando el número de contrato.
En Contrato de comunidad: la bonificación deberá solicitarla el presidente o
administrador de la finca.
6.- La VIVIENDA
Incremento de las superficies máximas en viviendas de protección oficial.
Preferencia para adquirir viviendas por encargo del Instituto de la Vivienda
respectivos de cada Comunidad Autónoma
Reducción para la Primera Categoría : -15%
Reducción para la Segunda Categoría: -25%
Reducción para la Categoría de Honor: -40 %
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Ayudas por parte de las
comunidades autónomas
Estas son las comunidades autónomas de
las que tengo información a cerca de las
ayudas en caso de familia numerosa o
parto múltiple.
ANDALUCÍA
ARAGÓN
BALEARES
CANARIAS
CANTABRIA
CASTILLA LA MANCHA
CASTILLA Y LEÓN
CATALUÑA
EUSKADI
EXTREMADURA
GALICIA
LA RIOJA
MADRID
MURCIA
NAVARRA
VALENCIA
Si tenéis nuevos datos sobre estas ayudas o veis que hay algún error, os
agradecería que me lo hicierais llegar aquí
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